Insólita resolución judicial
Tenía dos años y la culparon por un accidente.
Había introducido un pie en la puerta tijera de un ascensor.
La justicia civil determinó que una nena que en 2002 tenía dos años tuvo parte de responsabilidad en el accidente que sufrió cuando, junto con su madre, subía en un ascensor del edificio donde vive, en Parque Avellaneda. La chica había introducido un pie en la puerta tijera del elevador cuando éste comenzó a funcionar.
Por las heridas que sufrió en el pie derecho, la madre de la menor demandó al consorcio, pero la Justicia entendió que la niña había tenido culpa en el accidente al estirar su pierna y pasar el pie por la puerta tijera, y redujo a la mitad la indemnización que se les había impuesto pagar en primera instancia a los vecinos del edificio.
El hecho se produjo el 4 de mayo de 2002, en avenida Directorio 4239, cuando I. B. B. (cuya identidad se mantiene en reserva porque se trata de una menor de edad) se accidentó en un ascensor que tenía la puerta externa tipo tijera, a pesar de que desde 2000 ese mecanismo estaba prohibido.
A raíz del accidente la niña estuvo internada 20 días y le realizaron siete intervenciones quirúrgicas, según explicó a LA NACION su abuelo Juan José Princivalle.
En el fallo de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil se afirmó que “existe otro factor cocausal, cuya indiscutida presencia fue indispensable para la configuración del daño, el cual consiste en la decisión de la menor de dos años de edad de estirar su pierna hacia la puerta tijera, para pasar el pie entre los barrotes y permitir con ello que su pie se viera atrapado entre el piso de la cabina y la pared frontal del hueco del ascensor”.
Si bien el fallo fue firmado el 29 del mes pasado, Alejandra Princivalle, la madre de la niña, se enteró de la resolución judicial cuando escuchó la noticia por la radio.
“El fallo me da risa, es muy gracioso. No puedo entender que hagan responsable a mi hija. La verdad que no me esperaba esta resolución”, sostuvo a LA NACION Alejandra Princivalle, mientras la niña -hoy de siete años- la abrazaba y le decía “pobrecita mi mamá”.
Un juez de primera instancia había resuelto que la responsabilidad total del accidente había sido del consorcio porque las puertas tijeras habían sido prohibidas mucho antes del accidente por un ley porteña.
El consorcio apeló la medida y los camaristas Hugo Molteni, Jorge Escuti Pizarro y Ricardo Li Rosi entendieron que la culpa fue compartida. “Ambos factores [la puerta tijera y el accionar de la chica] poseen una idéntica incidencia en la producción del lamentable accidente, por lo que la demandada [el consorcio] y su aseguradora deberá soportar el 50 por ciento de los daños que se tengan por acreditados en la etapa en que se refirió la cuantificación de la indemnización”, se argumentó en el fallo, según publicó la biblioteca jurídica online elDial.com .
La madre de la niña aseguró a LA NACION que recibió presiones por parte de los administradores para que no presentará la demanda.
Administradores criticados
“Los administadores les decían a los vecinos que iban a aumentar mucho las expensas si yo hacía presentación judicial, por suerte conmigo los vecinos se portaron muy bien”, recordó Princivalle.
La parte demandada había sostenido que no existía evidencia de que el accidente se hubiera producido por un mal funcionamiento del ascensor.
Además de la responsabilidad que los camaristas le adjudicaron a la menor de edad, en el fallo se afirmó que “es indudable que la omisión de respetar esa normativa [la prohibición de las puertas tijeras en los elevadores] conforma un factor de atribución subjetivo para el consorcio, que guarda nexo de causalidad con el accidente, desde que la existencia de una puerta que impidiera el paso del pie de la menor lo hubiese evitado”.
El abuelo de I.B.B. dijo que, en el momento del accidente, su nieta sufrió un impacto emocional muy fuerte.
“Lo primero que hice fue detener el ascensor, sacar el pie herido del hueco y correr al hospital”, recordó a LA NACION la madre de la niña.
Alejandra y su hija se dirigían desde la planta baja del edificio hasta el segundo piso, donde está el departamento donde aún hoy viven. Según recuerda la madre, el ascensor se movilizó por lo menos unos diez centímetros, hasta que pudo detenerlo.
La familia de I.B.B. todavía no definió los pasos por seguir. La resolución los tomó por sorpresa.
“No compartimos ni entendemos el fallo de los camaristas”, afirmó Juan José Princivalle.
I.B.B. escucha con atención a su madre mientras dialoga con LA NACION. En su pie derecho, aún hoy están las marcas del accidente ocurrido hace cinco años y medio: tres dedos heridos.
“Con la indemnización, esperamos poder realizar la cirugía reparadora que mi nieta necesita”, explicó el abuelo de la niña accidentada.
En la resolución, los camaristas también dedicaron un párrafo a la madre de la niña: “A pesar de que la menor impúber carecía de discernimiento para actos ilícitos y, por ende, no puede serle reprochable su conducta antijurídica que colaboró en la producción del daño por ella experimentado, no por ello es insusceptible de ser computada esa conducta, cual si fuese un caso fortuito, para desvirtuar en alguna medida la relación de causalidad entre la apuntada omisión del consorcio y el daño padecido por la propia incapaz. Ya se trate del reproche hacia su progenitora, por no haber evitado esa temeraria reacción de la niña, evitando que la misma se acercara a las poco seguras puertas y, en su inocencia, decidiera introducir su pierna entre los barrotes”.
- ¿Qué pensó sobre la decisión de la Justicia de hacer responsable a su hija por el accidente? , volvieron a preguntarle a la madre de la niña varios medios de comunicación.
Con una sonrisa, la mujer contestó: “Me parece muy gracioso todo esto. Parece que tengo una hija superdotada que a los dos años ya podía tomar decisiones…
Por Gabriel Di Nicola
De la Redacción de LA NACION
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